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Circular 31-2015

ANSES /2015/ Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres

Buenos Aires, 21 de mayo de 2015.

CIRCULAR DP 31/15

PRESENTACIÓN DE APODERADOS ABOGADOS. ACLARACIONES SOBRE SU TRAMITACIÓN.

Por la presente se indican las pautas a las que deben ajustarse las áreas operativas de esta Administración Nacional, para gestionar el alta, modificación o baja de un representante para tramitar una prestación del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

 

 El procedimiento Alta/modificación de Representante para tramitar podrá ser realizado sin la necesidad de requerir un turno previo.

 

 No se debe controlar la jurisdicción de presentación del trámite.

 No resulta necesario que los Abogados se encuentren previamente registrados en las bases de ANSES.

 Se le deberá solicitar:

 Documento Nacional de Identidad.

 Credencial de Abogado, vigente.

 Si al ingresar a la aplicación "Representante Web", el sistema no permite cargar el poder, además deberá:

 Verificar los datos del apoderado abogado en ADP, a fin de que los mismos se encuentren acreditados, caso contrario proceder a su acreditación.

 Agregar la "Carta Poder" Formulario PS.6.4 versión 1.1 o "Carta Poder Régimen Ley N°29.970" Formulario PS.6.300, según corresponda, al expediente en trámite.

 Entregar al apoderado copia certificada de la "Carta Poder", respectiva y resguardar una copia en la UDAI.

Área destinataria Áreas operativas
Área emisora Coordinación Emisión de Normas Previsionales
Contacto Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. / 19141–19302 –19304–19331–19333-19368